Prepara el pasaporte digital de tus baterías para febrero de 2027.
Cuéntanos qué vendes y te decimos si te afecta, qué te falta y por dónde empezar.
Obligatorio desde el 18 de febrero de 2027 para las baterías de vehículos eléctricos, de bicis y patinetes eléctricos, y las industriales de más de 2 kWh.
Lo importante es la información que hay detrás. El QR es solo el final.
Cada batería afectada tendrá una ficha digital que se abre con un código QR. Para llegar a ella hay cuatro pasos:
Tus datos
De qué está hecha la batería, cuánta energía guarda, cuánto dura y cómo se desmonta y recicla.
Tus pruebas
Los documentos que demuestran cada dato: ensayos, certificados, declaraciones.
Tus proveedores
Muchos datos solo los tiene quien fabrica la batería, como sus materiales o su origen. Hay que pedírselos.
La ficha y su QR
Con todo reunido, se publica la ficha y se pone el QR en la batería.
Si falta una pieza, la ficha queda incompleta. Te ayudamos a saber qué tienes y qué te falta.
¿Qué baterías necesitan pasaporte?
Baterías de coches y vehículos eléctricos
Las que mueven el vehículo, de cualquier capacidad.
Baterías de bicis, patinetes y vehículos ligeros
De cualquier capacidad.
Baterías industriales y de almacenamiento
Solo si superan los 2 kWh.
¿Quién tiene que hacerlo? Quien vende la batería por primera vez en la UE: normalmente, el fabricante o el importador.
¿Tu producto no es una batería?Textil, construcción, detergentes y otros productos tendrán sus propias normas europeas. Cuéntanos qué vendes y te orientamos.
Cuéntanos tu caso.
Te respondemos por email con si te afecta y por dónde empezar. Cuanto más nos cuentes, más útil será la respuesta.